El tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha dictado sentencia respecto a que tus vacaciones se interrumpirán si te pones en situación de incapacidad temporal. Es decir, si estás de vacaciones, te pones malo y tu medico/a te da la baja, debes comunicarlo a la empresa para que las vacaciones se interrumpan, una vez te den el alta, podrás continuar con ellas.
Otra sentencia referida al art. 66.2 del Convenio Colectivo indica que "en caso de accidente de trabajo u hospitalización: Las empresas complementarán hasta el 100% del salario convenio, desde el primer día, y con baja médica." . El TS ha considerado, después de varios recursos de las empresas, que se cobrará también el 100% cuando te dan de alta en el hospital y continuas de baja medica. La patronal consideraba que no había que hacerlo pues alegaban que ya no estabas hospitalizado.
Cualquier duda que tengáis sobre estas u otras sentencias no dudéis en contactar con nosotros.
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