jueves, 14 de noviembre de 2013

Condicionamiento del SRV a los permisos retribuidos


De buenas maneras sabemos, las lindezas que practica la empresa para que no hagamos uso de nuestros derechos que por ley (Convenio Colectivo y Estatuto de lxs Trabajadorxs) nos pertenecen, y que aunque son realmente precarios, son acuerdos alcanzados por lo que deberían ser respetados, asumidos y facilitados a todxs lxs trabajadorxs.

La empresa utiliza el SRV (Sistema de Retribución Variable o comúnmente conocido por "incentivos") en relación a las ausencias que por varios motivos se puedan presentar, pero que están claramente justificadas y remuneradas en el art. 28 del C.C. Es decir, si tienes ausencias aunque sean remuneradas y reconocidas en Convenio no las vas a cobrar, o al menos de la misma manera que si no las tuvieras.

Lo mas grave de todo esto, es que el documento de la imagen está publicado en los tablones de anuncios de la empresa y ésta nos ha comunicado la validez del mismo. Además de condicionar los permisos retribuidos a los incentivos también lo hace con las HUELGAS, increíble y por escrito.

Hoy mismo, tenemos reunión (no será la última) con la Inspección de Trabajo donde trataremos esta y otras lindezas de una empresa catalogada como "Un Gran Lugar para Trabajar".



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